Fuentes de Invierno Estación Invernal 

Tarifas

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BOPA Nº: 266 - 15/11/2008

Decreto 114/2008 de 12 de noviembre, de primera modificación del Decreto 269/2007, de 7 de noviembre, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en la Estación Invernal de Fuentes de Invierno.

 

El Texto Refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, dispone en su artículo 16 que el establecimiento, modificación o supresión de los precios públicos se realizará mediante Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta de la Consejería competente en materia de hacienda y de la que en cada caso corresponda en razón de la materia.

En ese sentido por Decreto 269/2007, de 7 de noviembre, se establecieron los precios públicos por la prestación de servicios en la Estación Invernal de Fuentes de Invierno, cuya modificación se viene a realizar con el presente Decreto, de conformidad con la justificación expuesta en la correspondiente memoria económica-financiera.

En su virtud, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Asuntos Europeos y de la Consejera de Cultura y Turismo, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, adoptado en su reunión de 12 de noviembre de 2008.

 
DISPONGO

Artículo único.-Modificación del Decreto 269/2007, de 7 de noviembre, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en la Estación Invernal de Fuentes de Invierno.

El Anexo del Decreto 269/2007, de 7 de noviembre, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en la Estación Invernal de Fuentes de Invierno, queda redactado tal y como se determina en el Anexo al presente Decreto.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias.

Dado en Oviedo a 12 de noviembre de 2008.-La Presidenta del Principado de Asturias, en funciones, La Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad, María José Ramos Rubiera.-22.033.

 

Anexo

Precios públicos por la prestación de servicios en la estación Invernal de Fuentes de Invierno.

Precios con el IVA correspondiente incluido.

Billetes

Ticket: 4,50 euros.

Ticket grupos; programas formativos DG

de Deportes: 2,50 euros.

Forfaits

Billetes

Día Temporada alta: 18,00 euros.

Día Temporada baja: 13,00 euros.

Día con Carné Joven Temporada alta: 15,00 euros.

Día con Carné Joven Temporada baja: 12,00 euros.

Día Familiar Temporada alta: 16,00 euros.

Día infantil Temporada alta: 14,00 euros.

Día infantil Temporada baja: 10,00 euros.

Día infantil Familiar Temporada alta: 12,00 euros.

Medio día tarde Temporada alta: 13,00 euros.

Medio día tarde Temporada baja: 10,00 euros.

Medio día mañana Temporada baja: 10,00 euros.

Abonos días consecutivos

Billetes

Dos días: 28,00 euros.

Dos días infantil: 20,00 euros.

Tres días: 33,00 euros.

Tres días infantil: 24,00 euros.

Cuatro días: 38,00 euros.

Cuatro días infantil: 27,00 euros.

Cinco días: 43,00 euros.

Cinco días infantil: 31,00 euros.

Cinco días, Cursillo en Escuela de Esquí: 36,00 euros.

Cinco días infantil, Cursillo en Escuela de Esquí: 26,00 euros.

Abonos días no consecutivos

Billetes

Bono esquí 2 días: 32,00 euros.

Bono esquí 2 días infantil: 22,00 euros.

Bono esquí 3 días: 45,00 euros.

Bono esquí 3 días infantil: 31,00 euros.
Bono esquí 4 días: 58,00 euros.
Bono esquí 4 días infantil: 40,00 euros.
Bono esquí 5 días: 68,00 euros.
Bono esquí 5 días infantil: 47,00 euros.
Bono esquí 10 días: 106,00 euros.
Bono esquí 10 días infantil: 68,00 euros.

Abonos de temporada

Billetes

Promoción (Concejo de Aller menores de 15 años): 55,00 euros.

Abonos de temporada (hasta el 15 de diciembre de 2008)

Billetes

Normal: 200,00 euros.
Familia numerosa: 115,00 euros.
Familiar: 135,00 euros.
Federado/a: 167,00 euros.
Infantil: 103,00 euros.
Veterano/a: 103,00 euros.
Carné Joven: 152,00 euros.
Preinfantil: 8,00 euros.

Abonos de temporada (después del 15 de diciembre de 2008)

Billetes

Normal: 210,00 euros.
Familia numerosa: 120,00 euros.
Familiar: 140,00 euros.
Federado/a: 172,00 euros.
Infantil: 107,00 euros.
Veterano/a: 107,00 euros.
Carné Joven: 158,00 euros.
Preinfantil: 8 ,80 euros.

Abonos conjuntos Fuentes de Invierno & Valgrande-Pajares (hasta el 15 de diciembre de 2008)

Billetes

Normal: 250,00 euros.
Familia numerosa: 140,00 euros.
Familiar: 165,00 euros.
Federado/a: 200,00 euros.
Infantil: 125,00 euros.
Veterano/a: 125,00 euros.
Carné Joven: 185,00 euros.
Preinfantil: 11,00 euros.

Abonos conjuntos Fuentes de Invierno & Valgrande-Pajares (después del 15 de diciembre de 2008)

Billetes

Normal: 260,00 euros.
Familia numerosa: 145,00 euros.
Familiar: 170,00 euros.
Federado/a: 210,00 euros.
Infantil: 130,00 euros.
Veterano/a: 130,00 euros.
Carné Joven: 190,00 euros.
Preinfantil: 12,00 euros.

 

Definiciones

I. Los grupos de edades establecidos para el cálculo de los precios son los que siguen:
-Preinfantil: hasta 5 años (inclusive).
-Infantil: hasta 14 años (inclusive).
-Veteranos/as: desde 65 años (inclusive) en adelante.

II. Se entenderá como temporada de invierno las fechas comprendidas entre los días 22 de noviembre de 2008 y el 13 de abril de 2009. Se entenderán como temporada alta, además de todos los sábados y domingos comprendidos entre el 22 de noviembre de 2008 y el 13 de abril de 2009, las siguientes fechas (todas inclusive):
-El 8 de diciembre de 2008.
-Del 22 de diciembre de 2008 al 7 de enero de 2009.
-Del 23 al 27 de febrero de 2009.
-Del 3 al 13 de marzo de 2009.

Al resto de los días comprendidos entre el 22 de noviembre de 2008 y el 14 de abril de 2009 se les aplicará el precio correspondiente a la temporada baja.

Condiciones generales

I. El abono de temporada se entenderá adquirido en el momento de efectuar su pago, con independencia de que, por tareas administrativas de expedición del mismo, éste sea entregado con posterioridad.

II. A efectos de comprobación de la edad, de la identidad de las personas usuarias y demás circunstancias determinantes de las modalidades concretas de aplicación de billetes, forfaits o abonos contenidas en el presente Decreto, únicamente será válido el documento nacional de identidad, tarjeta de residencia, pasaporte individual, permiso de conducir, libro de familia o Carné Joven, en su caso.

III. El billete, forfait o abono es personal e intransferible, por lo que no podrá cederse a persona distinta de su poseedor original, deberá llevarse en lugar bien visible, en la forma que determine la Dirección de la Estación, y ponerse a disposición del personal de la Estación, junto con los documentos que acrediten la personalidad del portador, cuando sea requerido al efecto.

IV. Para los forfaits de formato diario que requieran el sistema de tarjetas chips recargables, se deberá abonar un importe de 3,00 € como fianza por la mencionada tarjeta, la cual podrá ser utilizada a lo largo de toda la temporada, devolviéndose dicha fianza en el horario establecido y en las taquillas habilitadas para tal efecto.

V. No se permitirá el acceso a remontes mecánicos ni pistas de ninguna persona que no sea portadora del billete, forfait o abono correspondiente.

VI. El incumplimiento de las normas de utilización de las instalaciones, o los deberes de la persona usuaria recogidos en el Reglamento de la Asociación Turística de Estaciones de Esquí y de Montaña, en los Reglamentos de Explotación de Remontes y demás normas y condiciones particulares de utilización de la Estación, su comportamiento incorrecto o peligroso, conllevará la extinción de la autorización de uso concedida con la adquisición del billete, forfait o abono, por lo que el personal de la Estación estará facultado para retirarlo, con independencia de las demás responsabilidades civiles o penales en que se haya podido incurrir.

VII. El título, forfait o abono adquirido no será reembolsable, total o parcialmente. Las interrupciones o limitaciones debidas a tempestad, nieve insuficiente, avería eléctrica o mecánica, o funcionamiento parcial de las instalaciones, no darán derecho a compensación alguna.

 
Condiciones especiales

I. El forfait de mañana dará derecho a la prestación del servicio desde la apertura de la estación para la práctica del esquí hasta las 13:00 horas.

II. El forfait de tarde dará derecho a la prestación del servicio desde las 13:00 horas hasta el cierre de la estación para la práctica del esquí en torno a las 17:30 horas.

III. El forfait nocturno dará derecho a la prestación del servicio desde las 19:00 horas hasta las 21:45 horas los días en los que la Dirección de la Estación decida realizar la actividad.

IV. El abono conjunto Fuentes de Invierno & Valgrande-Pajares permitirá su uso tanto en la Estación Invernal y de Montaña Fuentes de Invierno como en la Estación Invernal y de Montaña Valgrande-Pajares.

V. El abono anual familia numerosa podrá ser adquirido, por el precio unitario señalado, de manera individual por cualquiera de las personas que formen parte de una unidad familiar registradas en un mismo Libro de familia y que acrediten encontrarse en posesión del carné de familia numerosa en vigor.

VI. El abono anual familiar podrá ser adquirido, por el precio unitario señalado, de forma simultánea por, al menos, un mínimo de tres personas que formen parte de una unidad familiar registradas en un mismo Libro de familia.

VII. Los usuarios de Carné Joven del año en curso tendrán derecho a los precios relacionados solicitando el forfait o el abono de temporada en las oficinas de la Estación presentando la documentación que los identifique como tales.

Bonificaciones y exenciones

I. En el forfait de día y en los abonos de días consecutivos se establece un descuento del 10 % para grupos entre 10 y 15 personas, del 15 % para grupos entre 16 y 30, del 20 % para más de 30 personas, y del 20% en función de convenios de colaboración, siempre previa solicitud y a través de agencias, mayoristas y colectivos organizados.

II. Se establecerán acuerdos, por medio de los cuales se aplicarán descuentos del 5% a las centrales de reservas, del 15% a minoristas o agencias de viaje y del 20 al 25% a los Mayoristas o Tour Operadores. Estos porcentajes podrán ser acumulativos para la central de reservas en función de que dicha entidad comercialice la reserva a una agencia de viajes o a un tour operador.

III. El programa deportivo Semana Blanca para Escolares del Principado de Asturias, que la Dirección General de Deportes organiza, incluye un forfait especial gratuito.
 

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